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Servicios

Inspecciones en hotelería

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Martes, 15 de Marzo de 2011 23:11

Se encuentra a disposición de los Socios, el listado en base al cual se realizan las inspecciones del rubro hotelero, importante para poder realizar su propio relevamiento y verificar si el establecimiento cumple con los ítems indicados, a fin de reducir multas en el momento de ser visitado por un inspector de la Agencia de Control.

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Emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes

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Martes, 15 de Marzo de 2011 23:06

Asunto: Procedimiento. Resolución Gene-ral N° 2959(AFIP). Emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes. Hostel. Obliga-ción. Consulta.

Con relación a su envío, se le informa que el artículo 1° de la Resolución General N° 2959(AFIP) establece un régimen especial para la emisión y almacenamiento de comprobantes electrónicos originales, que deberá ser cumplido a los fines de respaldar todas las operaciones realizadas en el mercado interno, por los sujetos que revistan el carácter de responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y realicen las actividades que seguidamente se detallan:

a) Servicios de reservas hoteleras realizados a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.

b) Venta de períodos de uso en Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido, regulada por la Ley Nº 26.356 (incluidos la venta de intervalos de tiempos compartidos, gastos derivados del uso, goce y administración del mismo, cuo-tas de mantenimiento —expensas—, etc., cualquiera sea la forma de pago y/o contratación).

c) Ventas realizadas por agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo.

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Emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes

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Medidas ante emergencias

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Martes, 15 de Marzo de 2011 23:10

Les hacemos llegar información sobre la Ordenanza 45.425/91 y la Ley 962, teniendo en cuenta que la Dirección General de Fiscalización y Control, y la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, están llevando a cabo inspecciones a hoteles respecto de la aplicación de lo establecido en las dos normas mencionadas, que legislan acerca de los medios exigidos de salida para incendios, cajas de escalera, puertas de evacuación, revestimientos, etc.

La Ord. 45.425/91 (Cajas de escaleras)

La Ord. 45.425 fue sancionada en 1991 y la misma, en su art. 4° establece, para la adecuación de los locales de los edificios existentes,  un plazo de 360 días para cumplir con las disposiciones establecidas. El plazo deberá ser  contado a partir de la fecha de  promulgación de la misma, que fue efectuada con fecha 30/12/91 y publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Buenos Aires el 19/05/92.

Esta es una norma vigente de larga data que el Gobierno de la Ciudad no estaba aplicando y que al darse cuenta que estaba en mora en su aplicación, salió a pedir su cumplimiento a todas las actividades, fundamentalmente a los hoteles.

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Medidas ante emergencias

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Vencimientos Febrero 2011

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Martes, 15 de Marzo de 2011 23:04

MONOTRIBUTO: pago cuota mensual - vto. 21/2/2011

IVA

DDJJ e ingreso periodo Enero 2011 - IVA F.731

Terminacion Cuit 0-1   18/02/2011

Terminacion cuit 2-3   21/02/2011

Terminacion cuit 4-5   22/02/2011

Terminacion cuit 6-7   23/02/2011

Terminacion cuit 8-9   24/02/2011

 

SUSS

DDJJ e ingreso periodo Enero  2011 - F931

Terminacion Cuit 0-1   07/02/2011

Terminacion cuit 2-3   08/02/2011

Terminacion cuit 4-5   09/02/2011

Terminacion cuit 6-7   10/02/2011

Terminacion cuit 8-9   11/02/2011

 

ATENCION:

IIBB Sicol CABA periodo enero 2011 - para ver vtos. ,bajar actualizador tablas 2011 ingresando a:  http://www.agip.gob.ar/web/impuestos/iibb-contrib-locales-sicol.htm

A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2011, LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE LAS DECLARACIONES DE INGRESOS BRUTOS, CATEGORÍA LOCAL, SE REALIZARÁN EXCLUSIVAMENTE POR TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS.

LAS PRESENTACIONES EN DISKETTE YA NO SERÁN ACEPTADAS EN LAS VENTANILLAS DEL BANCO CIUDAD .

LUEGO DE REALIZAR SU DECLARACIÓN JURADA PUEDE GENERAR UN VOLANTE ELECTRÓNICO DE PAGO (VEP), PARA ABONAR POR HOMEBANKING. EN CASO DE QUE DESEE GENERAR UNA BOLETA DE PAGO PARA ABONAR EN EL BANCO CIUDAD, LUEGO DE REALIZAR SU DECLARACIÓN POR TRANSMISIÓN DE DATOS INGRESAR A:

http://www.agip.gob.ar/web/impuestos/iibb-contrib-locales.htm

 

Acuerdo salarial UTHGRA 2010 firmado el 1 de julio de 2010

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Martes, 15 de Marzo de 2011 21:58

 

Mes: junio 2010

Adicional  no remunerativo equivalente al 20 % del salario básico vigente al 31-05-2010

Podrá pagarse hasta el 20 de julio

Mes: julio 2010

Adicional no remunerativo equivalente al 22  % del salario básico vigente al 31-05-2010

Mes: agosto 2010

Adicional no remunerativo equivalente al 24  % del salario básico vigente al 31-05-2010

Mes: setiembre 2010

Adicional no remunerativo equivalente al 26  % del salario básico vigente al 31-05-2010

Mes octubre 2010

Adicional no remunerativo equivalente al 28  % del salario básico vigente al 31-05-2010

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Acuerdo salarial UTHGRA 2010 firmado el 1 de julio de 2010

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